Mantiene el registro de información que el artículo 28 de DORA obliga a llevar a las entidades financieras sobre cada acuerdo con terceros proveedores de TIC, partiendo de los contratos y proveedores que ya gestiona en lugar de una hoja de cálculo paralela.
- Registro de información de acuerdos con terceros de TIC
- Construido desde el Registro de Proveedores, sin reintroducir datos
- Atributos de contrato, función y criticidad
- Registrado en auditoría y exportable para su remisión al supervisor